Calculadora de plusvalía en Cádiz

Este simulador te permite calcular de forma orientativa cuánto podrías pagar en concepto de plusvalía municipal al vender, heredar o recibir como donación una propiedad urbana en Cádiz. El cálculo tiene en cuenta el municipio concreto, los años de posesión y el valor catastral del suelo.

¿Qué es la plusvalía municipal y cuándo se aplica?

La plusvalía municipal (oficialmente Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o IIVTNU) es un tributo local que se genera cuando una propiedad urbana cambia de titular. Esto puede suceder por:

  • Compraventa de un inmueble
  • Recepción de una herencia
  • Donación entre particulares

Este impuesto es gestionado directamente por el Ayuntamiento de Cádiz o del municipio correspondiente, y se calcula en función del valor catastral del suelo y del número de años que el inmueble ha permanecido en manos del anterior propietario.

Desde la reforma normativa de 2022, existen dos métodos de cálculo (objetivo o real) y el contribuyente puede elegir el más beneficioso.

¿Cómo varía la plusvalía entre municipios?

Aunque se trata de un impuesto regulado por ley estatal, cada ayuntamiento en la provincia de Cádiz (Cádiz capital, Jerez, San Fernando, El Puerto de Santa María, etc.) puede establecer:

Factor local Posibles variaciones
Gestión digital Algunas administraciones permiten realizar el trámite por internet; otras exigen acudir presencialmente.
Plazos administrativos Aunque los plazos suelen ser comunes, ciertos municipios aplican extensiones o procedimientos propios.
Descuentos sucesorios Algunos ayuntamientos ofrecen reducciones fiscales a familiares directos o casos especiales.
Coeficientes aplicables Cada municipio define sus propios porcentajes dentro de los límites establecidos por la ley nacional.

Factores que influyen en el importe de la plusvalía municipal

El importe final de este impuesto depende de diferentes elementos que varían según la ubicación del inmueble y el tipo de operación:

→ Ubicación del inmueble: Cada ayuntamiento en la provincia de Cádiz (como Jerez, Puerto Real o San Fernando) puede aplicar coeficientes propios, reducciones u otras condiciones fiscales.

→ Tiempo de posesión: A mayor número de años que el inmueble ha estado en manos del anterior propietario, mayor puede ser la base imponible del impuesto.

→ Valor catastral del suelo: Este valor, que aparece en el recibo del IBI, es uno de los principales componentes para calcular la cuota.

→ Tipo de transmisión: No se tributa igual por una venta que por una herencia o una donación. En transmisiones entre familiares, algunos municipios aplican bonificaciones.

Desde la modificación legal de 2022, existen dos fórmulas válidas para calcular la plusvalía:

→ Cálculo objetivo: Se basa en los años de posesión y el valor catastral.

→ Cálculo real: Se toma como referencia la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión.

El contribuyente puede aplicar el método que le resulte más favorable.

¿Por qué usar una calculadora de plusvalía?

Esta herramienta es útil para anticipar el coste real de transmitir un inmueble en Cádiz o cualquier municipio cercano. Te ayuda a evitar sorpresas, calcular con datos reales y decidir cuándo conviene realizar la operación. También puede servirte como base para solicitar información adicional en tu notaría.

Preguntas frecuentes sobre la plusvalía municipal

¿Quién está obligado a pagar?

En compraventas, por norma general, paga el vendedor (salvo acuerdo contrario entre las partes). En herencias o donaciones, lo abona quien recibe el bien. El plazo suele ser de 30 días hábiles desde la transmisión o 6 meses desde el fallecimiento, con posibilidad de prórroga.

¿Se puede evitar el pago si no hay ganancia?

Sí. Si puedes justificar que no hubo incremento en el valor del terreno (por ejemplo, si vendiste por debajo del precio de compra), puedes solicitar que no se aplique el impuesto. También es posible reclamar si ya se pagó y se cumplen los requisitos.

¿Depende del municipio?

En parte, sí. Aunque existe una normativa común a nivel estatal, cada ayuntamiento puede ajustar los coeficientes y ofrecer bonificaciones, sobre todo en transmisiones entre familiares directos.

¿Qué datos necesito para calcularla?

Para obtener una estimación necesitas:

- Valor catastral del terreno (IBI)
- Fecha de adquisición del inmueble
- Fecha de transmisión (venta, donación o herencia)
- Tipo de operación

¿Sigue vigente tras los cambios legales?

Sí. Aunque la normativa fue modificada en 2021, el impuesto continúa en vigor. Lo que ha cambiado es el sistema de cálculo, que ahora permite escoger la opción más ventajosa.

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